La medida, que por ahora alcanza únicamente a la Ciudad de Buenos Aires, podría abrir la puerta a futuras regulaciones similares en la provincia de Buenos Aires y otros distritos del país, donde las plataformas también funcionan desde hace años en medio de vacíos legales y reclamos del sector taxista.
La resolución fue dictada por la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo porteña, tras un reclamo impulsado por el Sindicato de Peones de Taxis contra el Gobierno de la Ciudad.
En el fallo, los jueces sostuvieron que no puede existir una diferencia tan marcada entre las exigencias que deben cumplir taxis y remises frente a las plataformas digitales que actualmente operan sin una regulación específica.
“No puede admitirse que taxis y remises soporten fuertes cargas regulatorias mientras las plataformas operen de facto sin cumplir ninguno de esos requisitos”, remarcaron los magistrados.
La Cámara rechazó además el planteo de conductores y usuarios de Uber, quienes sostenían que la actividad correspondía a un “transporte privado” y no a un servicio público sujeto a controles estatales.
Para los jueces Mariana Díaz, Fernando Enrique Juan Lima y Marcelo Alberto López Alfonsín, el servicio brindado mediante aplicaciones constituye transporte de pasajeros, ya que implica el traslado de personas a cambio de dinero.
En base a esa interpretación, el fallo establece que los conductores deberán tramitar una licencia profesional y contar con seguros específicos para el vehículo, pasajeros, conductor y responsabilidad civil.
Además, la Justicia ordenó al Gobierno porteño avanzar en distintas medidas mientras no exista una ley específica que regule la actividad.
Entre ellas, dispuso que la Ciudad no podrá cobrarles determinados aranceles a taxistas vinculados con habilitaciones y renovaciones, hasta que se restablezca el equilibrio frente a las plataformas.
También ordenó iniciar acciones para cobrar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a las empresas de aplicaciones, al considerar que desarrollan actividad económica en territorio porteño sin tributar localmente.
Otro de los puntos más fuertes del fallo obliga al Gobierno de la Ciudad a fiscalizar la publicidad de las plataformas y realizar campañas informativas para advertir a los usuarios sobre posibles riesgos vinculados a conductores sin licencia profesional o sin seguros obligatorios.
La resolución además cuestionó duramente al Ejecutivo porteño por haber permitido una “apariencia de regularidad” en el funcionamiento de Uber y otras aplicaciones, pese a considerar en distintos momentos que operaban de manera clandestina.
Según el fallo, existió una conducta contradictoria al permitir publicidad de las plataformas en espacios públicos, como estaciones de subte o el sistema Ecobici, mientras no se ejercían controles efectivos sobre la actividad.
Aunque la medida rige únicamente en CABA, especialistas advierten que el fallo podría convertirse en un antecedente clave para futuros reclamos y regulaciones en la provincia de Buenos Aires, donde el debate sobre Uber, DiDi y Cabify sigue abierto desde hace años.
De hecho, distintos municipios bonaerenses ya han impulsado controles, multas y proyectos vinculados a las aplicaciones de transporte, mientras sectores del taxi y remís reclaman igualdad de condiciones para competir.
Los magistrados aclararon que el Poder Judicial no busca prohibir las plataformas, sino corregir un escenario de desigualdad generado por la falta de regulación estatal.
Además, señalaron que todas estas medidas dejarán de aplicarse automáticamente cuando exista una ley específica que regule formalmente el funcionamiento de las aplicaciones de transporte.











